El sujeto encausado es protagonista involuntario de un proceso que ha de ser marco en el que ver garantizados sus derechos y es, sin embargo, el instrumento con mayor capacidad de erosionarlos; un proceso, centrado en las personas y, al tiempo, marcadamente tecnológico. En este escenario, la configuración de un estatuto jurídico irreductible a favor del encausado que garantice la efectividad de un fortalecido derecho de defensa, es el primero de los propósitos a los que sirve este análisis. Ser conscientes, además, de que el uso de la tecnología, desde la más accesible y de uso frecuente por la ciudadanía, hasta la más sofisticada y al alcance de menor número de personas, pero no exclusivamente de los responsables de la investigación penal, permite llevar esta a extremos, hasta fechas recientes, inimaginables, hacía obligado detenerse en esta otra realidad; en ocasiones, la obtención de la fuente de prueba entra en pugna con el respeto a los derechos fundamentales de la persona o se asiste a su efectiva lesión, sea por los órganos policiales, sea resultado de la actividad llevada a cabo por un particular. La generación, en esos casos, de lo que se conoce como prueba ilícita, determina el juego de la regla que impide su entrada en el proceso y su toma en consideración por el juzgador; una regla que, a la luz de la última doctrina jurisprudencial, viene asentada sobre postulados distintos de los que originariamente la sostuvieron. Examinar, con mirada crítica, el fundamento y alcance de esta suerte de relativización de esta regla de exclusión procesal y sus consecuencias, y ofrecer a los operadores jurídicos, valiosas herramientas y fórmulas para una eficaz tutela de los derechos afectados por las, no sin razón, denominadas medidas de “vigilancia tecnológica”, es el fin último al que se dirigen las consideraciones traídas a estas páginas.
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- Índice
- Presentación “De todo lo visible (algoritmos) & lo invisible (redes neuronales) en la Justicia: y sin embargo, “no te quiero incondicionalmente, Inteligencia Artificial”
- Introducción
- Capítulo I. La persona encausada, titular del fundamental derecho de defensa
- I. Imputación y derecho de defensa
- II. La “imputación” delictiva, vías de las que se infiere y formas de manifestación
- 1. Atribución delictiva o “imputación formal” como presupuesto
- 2. Formas de manifestación de la “imputación” delictiva
- 2.1. La admisión de denuncia o querella
- 2.2. La sujeción de la persona a una medida cautelar
- 2.3. Con ocasión de la “citación para ser oído” (Art. 486 LECrim, vigente) o en “supuestos en los que (el sujeto) haya de ser interrogado”
- 2.4. A partir del “procesamiento” u otra forma de imputación judicial definitiva
- 2.5. Cualquier otra actuación de la que pueda inferirse imputación delictiva
- III. Nacimiento, ejercicio y manifestaciones del derecho de defensa de la persona encausada
- Capítulo 2. El estatuto jurídico de la persona encausada
- I. El núcleo irreductible de derechos de todo sujeto investigado
- 1. El derecho a ser informado de los hechos delictivos que se le atribuyen y de todo cambio relevante en el objeto de la investigación y en los hechos imputados
- 2. Derecho a ser instruido de los derechos que le asisten, sin demora injustificada
- 3. Derecho a actuar en el proceso penal para ejercer su derecho de defensa de acuerdo con lo dispuesto en la ley
- 4. Derecho a designar libremente abogado, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 527 LECrim
- 5. El derecho a contar con la presencia del defensor durante el curso de sus declaraciones y otras diligencias de investigación y probatorias que se celebren
- 6. Derecho a intervenir en el desarrollo de la investigación y a instar la práctica de diligencias de investigación y/o de actos de preconstitución probatoria.
- II. El cuadro de derechos que asisten al encausado privado de libertad con finalidad cautelar
- 1. El derecho a conocer las razones motivadoras de su privación de libertad
- 2. El derecho a dar a conocer, sin demora, a la persona que desee, su situación de privación de libertad y el lugar en el que se encuentre custodiado
- 3. El derecho a no permanecer privado de libertad más allá del tiempo indispensable y a que su privación de libertad pueda ser revisada por una autoridad judicial
- 4. El derecho a ser reconocido por un facultativo médico
- III. Derechos de los que puede valerse el encausado antes y durante sus declaraciones
- 1. Derecho a conocer la existencia y contenido de la imputación, y los elementos o fuentes de prueba sobre los que se apoya
- 2. El derecho a prestar declaración o “a ser escuchado”
- 3. El derecho a designar libremente abogado y, en otro caso, a la obtención del nombrado de oficio
- 4. El derecho a mantener comunicación confidencial con su defensor antes de dar inicio a su declaración y a que esté presente durante el desarrollo de esta diligencia
- 4.1. El derecho a la mantener comunicación confidencial con su abogado
- 4.2. El derecho a contar con la presencia del defensor durante el desarrollo de sus declaraciones
- 5. El derecho a recibir interpretación y traducción gratuitas
- 6. El derecho a guardar silencio y a no confesar contra sí mismo o su participación en los hechos
- 6.1. El derecho a guardar silencio
- 6.2. Derecho a no declarar contra sí mismo ni a confesar su participación en
los hechos
- 7. El derecho a “la última palabra”
- IV. Hacia un estatuto jurídico específico de la persona encausada con discapacidad
- V. La necesaria configuración del estatuto jurídico del encausado persona jurídica
- Capítulo 3. Investigación y derechos fundamentales. De las clásicas a las “modernas” diligencias de investigación
- I. Actos de investigación. Concepto, caracteres y tipología
- II. Actos de investigación que, por sí solos, proporcionan la fuente probatoria
- 1. La determinación e identificación del investigado
- 1.1. La determinación del investigado
- 1.2. La identificación del imputado
- 2. Las declaraciones del investigado en la instrucción
- 2.1. Concepto y naturaleza. Finalidad
- 2.2. Requisitos de la declaración, más allá de la forma en la que, la LECrim, regula la práctica del interrogatorio del investigado
- 3. Las declaraciones testificales
- 3.1. Concepto y estatuto jurídico del testigo
- 3.2. Desarrollo de la diligencia
- 3.3. La protección de testigos en causas criminales. Breve referencia
- 3.4. El careo. Breve referencia
- 4. Los actos de investigación periciales
- 4.1. Naturaleza y finalidad
- 4.2. Concepto y clases de peritos. Su estatuto jurídico
- 4.3. La práctica de la pericial: momento y lugar. Su desarrollo
- 4.4. Periciales singulares. En particular, la autopsia
- III. Actos de investigación ordenados a la búsqueda y adquisición de fuentes y elementos de prueba, relacionados con el empleo de las TICS
- 1. Medidas de investigación relacionadas con el empleo de las TICs
- 1.1. La videovigilancia
- 1.2. El agente encubierto, clásico e informático
- 1.3. La circulación y entrega vigilada de droga y otros efectos
- Capítulo 4. Medidas de investigación tecnológica
- I. El derecho a la intimidad en el entorno virtual como límite
- II. Intervención de comunicaciones y otras medidas de captación de información
- III. Disposiciones comunes a las distintas medidas limitativas del derecho al secreto de las comunicaciones y de captación de información legalmente previstas
- 1. Jurisdiccionalidad
- 2. Duración y cese de las medidas
- 3. Secreto y afectación a terceras personas en su desarrollo
- 4. Requisitos de la solicitud de la resolución judicial de autorización de la medida
- 5. Control judicial de la medida y destrucción de registros
- IV. Diligencias ordenadas a la aprehensión de información resultante de un proceso comunicativo entre personas
- 1. La detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica
- 1.1. Objeto y finalidad de la medida
- 1.2. Presupuestos para el acuerdo
- 1.3. La práctica de la diligencia
- 1.4. Eficacia de los resultados del hallazgo casual y uso de la información lograda en un proceso para enjuiciamiento de otro u otros delitos en proceso distinto
- 2. Intervención de comunicaciones telefónicas y telemáticas.
- 2.1. Objeto de la medida. Su finalidad
- 2.2. Presupuestos para su acuerdo y práctica
- 3. La captación y grabación de comunicaciones orales directas
- 3.1. Objeto y finalidad de la medida
- 3.2. Presupuestos para el legítimo acuerdo y práctica de la medida
- IV. Diligencias dirigidas a la obtención de información almacenada en dispositivos electrónicos
- 1. La utilización de dispositivos o medios técnicos de captación de la
imagen y de seguimiento y localización
- 1.1. La captación de imágenes en lugares o espacios públicos
- 1.2. La utilización de dispositivos o medios técnicos de seguimiento y localización
- 2. Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información
- 3. Acceso remoto a información desde sistemas que lo permiten. El registro sobre equipos informáticos
- 3.1. Presupuestos para su acuerdo y práctica
- 3.2. Práctica de la diligencia
- 3.3. La duración de la medida
- 4. El acceso a redes sociales
- Capítulo 5. Ilicitud en la obtención de fuentes de prueba y sus efectos
- I. Ideas previas
- II. La regla de exclusión de la prueba ilícita penal. Génesis y evolución
- 1. Fundamento constitucional y sustento eminentemente jurisprudencial
- 2. La “teoría de la prueba ilícita” o “prohibida”
- 2.1. Su configuración inicial
- 2.2. Su refrendo legal: el art. 11.1 de la LOPJ. Interpretación doctrinal y jurisprudencial
- 2.3. Consecuencias derivadas de la aplicación de la regla o reglas que encierra
- III. El alcance de la ineficacia procesal o probatoria del material logrado ilícitamente. Nuevos parámetros
- 1. Previo
- 2. La teoría de la “conexión de antijuridicidad”
- 2.1. La expresión de un vuelco a los postulados de la teoría indirecta o refleja
- 2.2. La configuración de una nueva doctrina en la Jurisprudencia del
Tribunal Constitucional y su asunción por el alto Tribunal Supremo
- 2.3. Crítica a la “teoría de la conexión de antijuridicidad” y sus derivaciones
desde un acercamiento a su traducción o repercusión práctica.
- 3. Doctrinas discrepantes en el seno de la Sala 2ª del Tribunal Supremo
- IV. La negación del fundamento constitucional de la exclusión de la prueba ilícita penal
- 1. De garantía constitucional objetiva y autónoma a ¿mera regla de legalidad ordinaria, sometida al juicio de ponderación del juzgador en atención a los intereses en juego en el caso concreto?
- 2. La generación de prueba ilícita por particulares y tratamiento procesal
- Bibliografía