Regulación de la marihuana : drogas y Estado de Derecho. El modelo regulatorio de Uruguay. La situación en España

Regulación de la marihuana : drogas y Estado de Derecho. El modelo regulatorio de Uruguay. La situación en España

  • Autor: Silva Forné, Diego; Morillas Cueva, Lorenzo Prof. Dr. (dir.)
  • Editor: Dykinson
  • Col·lecció: Biblioteca de Criminología
  • ISBN: 9788491487920
  • eISBN Pdf: 9788491488415
  • Lloc de publicació:  Madrid , Spain
  • Any de publicació: 2018
  • Pàgines: 550

El actual escenario internacional en Occidente asiste a la crisis del prohibicionismo en materia de políticas de drogas. A la evidencia creciente de la inutilidad del modelo convencional de control de Naciones Unidas, absolutamente contraproducente respecto de los objetivos que se había fijado, se suma en tiempo reciente el surgimiento de iniciativas desde diversas latitudes, tendientes a la regulación de los usos del cannabis. En ese marco, resulta necesario analizar la compatibilidad de las políticas prohibicionistas con los principios fundamentales del Estado social y democrático de Derecho; de allí emergerá el debate sobre el alcance que puede tener la tutela penal de la salud pública, en perspectiva jushumanista. La experiencia uruguaya de regulación de la marihuana se ha tomado como uno de los puntos de referencia para este análisis. Al mismo tiempo, la obra se ocupa de la situación en España respecto del cannabis. Para ello, fue necesario plantear el estado de situación que emerge de su legislación penal en materia de drogas, para luego referirse a las situaciones de conflicto que hoy se desenvuelven ante los tribunales: por una parte, los recursos ante el Tribunal Constitucional contra las leyes autonómicas relativas a marcos regulatorios para los clubes sociales de cannabis, y los fallos existentes al respecto; por otro lado, las sentencias dictadas en los últimos años por la Sala Segunda del Tribunal Supremo relativas a este fenómeno asociativo, de las cuales emerge una polémica tendencia jurisprudencial, ratificada a su vez por el Tribunal Constitucional, en ambos casos con fundamentos anclados en arcaicos paradigmas, ajenos a los principios de dignidad de la persona humana, autonomía personal y derecho al libre desarrollo de la personalidad, que reconoce la Constitución de 1978.

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  • Índice general
  • Prólogo
  • Capítulo 1[sup(o)]. La evolución normativa del juicio de amparo a partir de la Constitución de 1917
    • 1. Breve esbozo del diseño constitucional originario del juicio de amparo: los artículos 103 y 107 de la Carta de Querétaro
    • 2. El hiper-reformismo constitucional. Su principal causa determinante en lo que atañe a las reformas relacionadas con el Poder Judicial federal y con el juicio de amparo
    • 3. Iniciativas de reforma y reformas constitucionales relacionadas con el Poder Judicial nacional y con la institución del juicio de amparo
      • A) Iniciativas de reforma y modifi caciones constitucionales en el período 1917-1950
      • B) La primera y trascendental reforma constitucional del artículo 107, viabilizada por el Decreto de 30 de diciembre de 1950: la descentralización del Poder Judicial federal como medio de hacer frente al rezago
      • C) La reforma constitucional de 30 de octubre de 1962: la constitucionalización del “amparo agrario”
      • D) La importante modifi cación constitucional formalizada en el cincuentenario de la Carta de Querétaro por el Decreto de 19 de junio de 1967: el intento de mejorar el funcionamiento y la operatividad del juicio de amparo
      • E) Las reformas constitucionales sucesivas hasta la del año 1986
      • F) La muy relevante reforma llevada a cabo por el Decreto de 29 de julio de 1987: el inicio del proceso de progresiva transformación de la Suprema Corte de Justicia, de juez de la legalidad a juez de la constitucionalidad
      • G) Las dos modificaciones constitucionales introducidas en el artículo 107 en el año 1993
      • H) Las reformas formalizadas por el Decreto de 30 de diciembre de 1994: la defi nitiva conversión de la Suprema Corte en una suerte de Tribunal Constitucional
        • a) El iter y justificación de esta reforma
        • b) Los cambios en la estructura del Poder Judicial y la creación del Consejo de la Judicatura Federal
        • c) La institucionalización de las acciones de inconstitucionalidad
        • d) La profunda reforma de las controversias constitucionales
        • e) Las modificaciones introducidas en el juicio de amparo
        • f) Una reflexión final
      • I) La reforma constitucional viabilizada por el Decreto de 10 de junio de 1999
      • J) Las trascendentales reformas llevadas a cabo en junio de 2011
        • a) Las líneas maestras del Proyecto de Reformas a la Constitución elaborado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con motivo del Proyecto de nueva Ley de Amparo (2001)
        • b) La reforma constitucional viabilizada por el Decreto de 9 de junio de 2011, relativa a los derechos humanos
          • a´) El abandono del añejo e inadecuado concepto de “garantías individuales” y su sustitución por el de “derechos humanos”
          • b´) La trascendental apertura del texto constitucional al Derecho internacional de los derechos humanos
        • c) La reforma constitucional formalizada a través del Decreto de 3 de junio de 2011, atinente al juicio de amparo
          • a´) Algunas reflexiones generales
          • b´) Las innovaciones introducidas en el art. 94 en relación al juicio de amparo
          • c´) Las reformas atinentes al art. 103
        • d´) Las modifi caciones del régimen jurídico-procesal del juicio de amparo constitucionalizado por el art. 107
          • a´´) El cambio del interés exigido para poner en marcha un proceso de amparo. La entrada en la escena constitucional del criterio del “interés legítimo”
          • b´´) El alcance de las sentencias de amparo: la posible declaratoria de inconstitucionalidad de una norma general
          • c´´) La inmunidad constitucional de las normas generales en materia tributaria
          • d´´) La lucha frente al abuso del amparo: el cambio de los criterios de ponderación a los efectos de acordar la suspensión del acto reclamado
          • e´´) Las denuncias de las contradicciones de tesis jurisprudenciales
          • f´´) Algunas innovaciones en relación al amparo directo, orientadas a hacer frente al retraso en la expedición de justicia
          • g´´) La ejecución de las sentencias de amparo
          • h´´) Algunas modificaciones en otras figuras procesales del juicio de amparo, y algunas innovaciones propuestas, pero fi nalmente frustradas
        • e´) Una reflexión final
      • K) Las enésimas reformas constitucionales del juicio de amparo: los Decretos de 29 de enero de 2016 y de 23 de febrero de 2017
    • 4. La aprobación por la Suprema Corte de Justicia, con fecha de 20 de septiembre de 2011, del texto del engrose del expediente “Varios 912/2010”
      • A) La introducción del control de convencionalidad por la Corte Interamericana de Derechos Humanos
      • B) La Sentencia de la Corte Interamericana en el Caso “Rosendo Radilla Pacheco” (23 de noviembre de 2009)
      • C) La resolución de la Suprema Corte de Justicia mexicana y la introducción del control difuso de convencionalidad ex officio
        • a) El iter de la tramitación del expediente “Varios 912/2010”
        • b) Los aspectos nucleares de esta resolución
        • c) La notable confusión conceptual de la Suprema Corte en el manejo de las categorías dogmáticas de la justicia constitucional
    • 5. Las Leyes Reglamentarias del Amparo tras la Constitución de 1917
    • 6. La Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 104 de la Constitución (Ley de Amparo), de 18 de octubre de 1919
    • 7. La Ley Orgánica de los Artículos 103 y 107 de la Constitución (Ley de Amparo), de 30 de diciembre de 1935
      • A) El debate en torno al juicio de amparo: el Primer Congreso Jurídico Nacional (1921)
      • B) La iniciativa legislativa en pro de una nueva Ley de Amparo del Presidente Cárdenas
      • C) El régimen jurídico-procesal del juicio de amparo en esta segunda Ley
        • a) Algunas reglas generales del proceso de amparo
          • a´) Capacidad y personalidad
          • b´) Términos legales, notificaciones e incidentes
          • c´) Reglas relativas a la competencia
          • d´) Reglas relacionadas con los impedimentos
          • e´) Improcedencia y sobreseimiento
          • f´) La sentencia y su ejecución
          • g´) Los recursos en el juicio de amparo
        • b) El juicio de amparo ante los Juzgados de Distrito
        • c) El juicio de amparo ante la Suprema Corte de Justicia
        • d) La suspensión del acto reclamado
        • e) La jurisprudencia de la Suprema Corte
        • f) La responsabilidad en los juicios de amparo
    • 8. La ininterrumpida sucesión de reformas introducidas en la Ley de Amparo de 1935
      • A) Razones de ser de esta catarata reformista
      • B) Las reformas del primer cuarto de siglo de vigencia de la Ley, con especial referencia a las múltiples modifi caciones introducidas por el Decreto de 30 de diciembre de 1950
        • a) Los tres primeros Decretos de reforma
        • b) La profunda reforma viabilizada por el Decreto de 30 de diciembre de 1950, deudor de la modificación constitucional de la misma fecha, por la que se otorgaba competencia para el conocimiento de los juicios de amparo a los Tribunales Colegiados de Circuito
        • c) La última reforma de este período: el Decreto de 30 de diciembre de 1957
      • C) El revestimiento del estatuto regulador del juicio de amparo de un nítido “carácter social”: la reforma llevada a cabo por el Decreto de 3 de enero de 1963
      • D) El cambio de denominación de la Ley introducido por la notable reforma formalizada por el Decreto de 3 de enero de 1968, y las modificaciones de los años inmediatos subsiguientes
        • a) El Decreto de 3 de enero de 1968, una reforma orientada a descentralizar el conocimiento de los juicios de amparo
        • b) Las reformas inmediatas subsiguientes
      • E) La reestructuración del texto legal llevada a cabo por el Decreto de 28 de junio de 1976, y las inmediatas modificaciones posteriores
        • a) El Decreto de 28 de junio de 1976: la división de la Ley en dos Libros y el tratamiento separado del amparo en materia agraria
        • b) Las dos reformas que cierran la década de los setenta
      • F) Las modifi caciones realizadas en los primeros años ochenta, con particular referencia a las llevadas a cabo por el Decreto de 30 de diciembre de 1983
      • G) Las relevantes innovaciones dirigidas a la “nivelación social del proceso”, introducidas en la legislación de amparo por el Decreto de 26 de abril de 1986
      • H) Las trascendentales reformas formalizadas por el Decreto de 23 de diciembre de 1987
      • I) Las reformas de la legislación de amparo de los años que circundan el cambio de siglo
      • J) Los últimos estertores de la Ley: las postreras reformas de un texto legal moribundo
      • K) Una reflexión final
    • 9. La nueva Ley de Amparo de 2013. Su dilatado proceso de génesis: el Proyecto de nueva Ley de Amparo aprobado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Abril de 2001)
    • 10. Las principales innovaciones en el régimen jurídico-procesal del amparo en la Ley de 1[sup(o)] de abril de 2013
      • A) Estructura del texto legal
      • B) Disposiciones generales del proceso de amparo
        • a) Derechos susceptibles de protección por el juicio de amparo
        • b) Legitimación para instar el amparo
        • c) El nuevo concepto de autoridad responsable
        • d) La ampliación de los plazos para la promoción del amparo
        • e) Los cambios en el régimen jurídico de las notificaciones
        • f) Alguna innovación en las reglas relativas a la competencia
        • g) Las modificaciones de las reglas relacionadas con los impedimentos
        • h) Las reformas introducidas en lo relativo a las causas de improcedencia y de sobreseimiento
        • i) Algunas innovaciones en las normas referentes a las sentencias
          • a´) Publicidad de los proyectos de ciertas sentencias
          • b´) Contenido de las sentencias
          • c´) Corrección judicial de errores y suplencia de la queja deficiente
          • d´) Efectos de las sentencias de concesión del amparo
        • j) Reformas en lo atinente a los medios de impugnación
          • a´) El recurso de revisión
          • b´) El recurso de queja
          • c´) El recurso de reclamación
      • C) Modificaciones introducidas en los procedimientos de amparo
        • a) El amparo indirecto
          • a´) Su procedencia
          • b´) La demanda
          • c´) Su sustanciación
        • b) El amparo directo
          • a´) Su procedencia
          • b´) La demanda
          • c´) Su sustanciación
          • d´) El amparo adhesivo
      • D) Reformas en lo relativo a la suspensión del acto reclamado
        • a) La difícil problemática bifronte latente en el instituto cautelar de la suspensión
        • b) La suspensión en el amparo indirecto
          • a´) Reglas generales
          • b´) Reglas particulares en materia penal
          • c) La suspensión en el amparo directo
      • E) Innovaciones en lo atinente al cumplimiento y ejecución de las sentencias de amparo
        • a) El cumplimiento de la sentencia. El incidente de inejecución de sentencia
        • b) La repetición del acto reclamado
        • c) El recurso de inconformidad
        • d) Novedades en la regulación de los incidentes procesales
          • a´) El incidente de cumplimiento sustituto
          • b´) El incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión
          • c´) La denuncia por incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad
      • F) Las reformas introducidas en relación a la creación y sustitución de la jurisprudencia
        • a) Reglas generales para el establecimiento de la jurisprudencia
        • b) Vías para la creación de jurisprudencia
          • a´) La jurisprudencia por reiteración de criterios
          • b´) La jurisprudencia por contradicción de tesis
          • c´) La jurisprudencia por sustitución
      • G) La declaratoria general de inconstitucionalidad
      • H) Las modifi caciones en relación a las medidas disciplinarias y de apremio. Responsabilidades, sanciones y delitos
      • I) Una reflexión final
    • 11. La vuelta a la rutina de las reformas, ahora en relación a la nueva Ley de Amparo
      • A) La puntual modificación llevada a cabo por el Decreto de 14 de julio de 2014
      • B) La profunda reforma viabilizada por el Decreto de 16 de junio de 2016
      • C) Los últimos (por el momento) Decretos de reforma, del año 2018
  • Capítulo 2[sup(o)]. El modelo de control de constitucionalidad mexicano
    • 1. Algunas reflexiones previas
    • 2. Un excursus necesario: los sistemas difuso y concentrado de justicia constitucional
    • 3. El artículo 133 de la Carta de Querétaro y su potencial viabilización de un control difuso de la constitucionalidad de las normas generales, siempre frustrado
      • A) Sus antecedentes históricos: el artículo 126 de la Constitución de 1857
      • B) La interpretación que del artículo 126 iba a sentar Vallarta en el “Caso Justo Prieto” (1881)
      • C) El iter constituyente del artículo 133 en la Asamblea de Querétaro
      • D) Las reformas constitucionales llevadas a cabo en el texto del artículo 133 en los años 1934 y 2016
      • E) Un precepto especialmente controvertido y censurado
      • F) El contenido del artículo 133
        • a) El principio de supremacía constitucional consagrado por su inciso primero
          • a´) Un breve, pero necesario, proemio: la supremacy clause en el texto norteamericano
          • b´) La interpretación de este principio por la doctrina y la jurisprudencia mexicanas
        • b) El control difuso de constitucionalidad implícito en su inciso segundo
          • a´) Los argumentos críticos frente al propio precepto
          • b´) El rupturista proyecto de sentencia elaborado por el ministro de la Suprema Corte Gabino Fraga (1942)
          • c´) El inmediato debate desencadenado por la “Tesis Fraga”
            • a´´) La muy brillante posición sustentada por Martínez Báez
            • b´´) El posicionamiento de Carrillo Flores
            • c´´) El estudio llevado a cabo sobre el tema por parte de la Secretaría de Hacienda
          • d´) La posterior interminable discusión doctrinal mantenida al hilo de las posiciones defendidas por el ministro Gabino Fraga
          • e´) Nuestro posicionamiento en torno a esta problemática
          • f´) La oscilante y arbitraria interpretación jurisprudencial
            • a´´) La posición de la Corte en los primeros años
            • b´´) El cambio de interpretación de la Suprema Corte en la segunda mitad de los años cuarenta y en los cincuenta
            • c´´) Alguna tesis jurisprudencial de los Tribunales de Circuito de fi nales de los años ochenta
            • d´´) El endurecimiento de su posición: la enormemente rígida jurisprudencia sentada por la Corte en su Tesis 74/1999
            • e´´) La jurisprudencia en el primer decenio del nuevo siglo
            • f´´) El cambio jurisprudencial a partir del año 2011
            • g´´) Una refl exión crítica sobre esta jurisprudencia y su defi ciente manejo de las categorías dogmáticas de la justicia constitucional
    • 4. La conveniencia de un federalismo judicial en México
      • A) La desnaturalización de la función judicial estatal en México
      • B) Las reformas constitucionales encaminadas a lograr una auténtica independencia del Poder Judicial de los Estados
        • a) Algunas reflexiones sobre el principio de independencia judicial
        • b) La tradicional deficitaria independencia de los jueces locales en México
        • c) La trascendental reforma constitucional de la fracción III del artículo 116 (1987)
        • d) La interpretación por la Suprema Corte del reformado artículo 116.III, en defensa de las garantías de la independencia de los jueces locales
      • C) Una reflexión final: la conveniencia de dar al artículo 133 su sentido natural
  • Capítulo 3[sup(o)]. Principios fundamentales que rigen el proceso de amparo
    • 1. Introducción
    • 2. El principio de iniciativa o instancia de parte
    • 3. El principio de la existencia de un agravio personal y directo
    • 4. El principio de definitividad del juicio de amparo
      • A) Un breve excursus sobre el equivalente principio de subsidiariedad del recurso de amparo en España
      • B) El convulso devenir histórico de este principio en México
      • C) Su constitucionalización definitiva en 1917 y sus controvertidas y mutantes interpretaciones jurisprudenciales
    • 5. El principio de prosecución o tramitación judicial del amparo
    • 6. El principio de estricto derecho o de congruencia
      • A) La visualización de este principio en México
      • B) Origen histórico del principio de estricto derecho
      • C) Evolución constitucional y legal del principio entre 1917 y 1950
      • D) Las numerosas formulaciones críticas frente al amparo de estricto derecho
      • E) La progresiva reducción del ámbito del principio de estricto derecho
    • 7. El principio de suplencia de la queja deficiente
      • A) Noción y razón de ser de la suplencia de queja
      • B) Diferenciación de este principio respecto de la mera suplencia o corrección del error
        • a) La temprana positivación de la suplencia del error en la Ley de Amparo de 1882
        • b) El olvido de la suplencia del error por la Carta de Querétaro y su posterior normación por las Leyes de Amparo
      • C) Los paradójicos precedentes históricos del principio de la suplencia de la queja y su constitucionalización en 1917
      • D) La notable ampliación del principio en las reformas de 1950
      • E) La progresiva e incesante expansión del ámbito de la suplencia de queja viabilizada por las posteriores reformas constitucionales y legales
      • F) La suplencia de la queja en la nueva Ley de Amparo de 2013
    • 8. El principio de relatividad de las sentencias de amparo
      • A) Su alcance
      • B) Los antecedentes históricos de este principio
        • a) Su inicial diseño por Mariano Otero y su positivación por el Acta Constitutiva y de Reformas de 1847
        • b) Su definitiva constitucionalización en 1857
        • c) La visión de la “fórmula Otero” como un mecanismo de salvaguarda del principio de división de poderes
      • C) La absoluta disonancia respecto del modelo norteamericano del judicial review en lo que atañe a la operatividad real de este principio
        • a) La stare decisis rule. Breve esbozo acerca de su devenir
        • b) La incidencia de la stare decisis rule. Sus beneficios. La crítica a la misma
        • c) La stare decisis rule, ni principio absoluto, ni fórmula mecánica
        • d) La periódica reviviscencia del debate acerca de la vinculatoriedad real de las decisiones de la Supreme Court
      • D) Las cada vez más generalizadas críticas por parte de la doctrina mexicana hacia el principio de relatividad
      • E) La articulación del principio de relatividad con la declaratoria general de inconstitucionalidad
        • a) ¿Qué entraña ser “garante de la Constitución”?
        • b) Algunos posicionamientos tempranos en favor de la declaración general de inconstitucionalidad
        • c) La frustrada búsqueda de los efectos generales por intermedio de la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte tras cinco ejecutorias ininterrumpidas
        • d) El intento de compaginar el principio de relatividad con la declaratoria general de inconstitucionalidad: los Proyectos de nueva Ley de Amparo y de Reforma de la Constitución, aprobados por la Suprema Corte de Justicia (2001)
        • e) La declaración general de inconstitucionalidad en la reforma constitucional de 2011
        • f) La declaración general de inconstitucionalidad en la nueva Ley de Amparo de 2013
        • g) La declaratoria general, una cuestión no del todo pacífica entre la doctrina mexicana
    • 9. La reserva al Poder Judicial federal de su conocimiento
      • A) La supremacía jurídica del Poder Judicial de la Federación en general y de la Suprema Corte muy en particular
      • B) La constitucionalización de esta reserva en 1857. Su ulterior desarrollo legislativo
      • C) Su evolución a partir de la Constitución de 1917
        • a) Las previsiones constitucionales, sus reformas y su inicial desarrollo legislativo
        • b) La creación de los Tribunales Colegiados de Circuito (1950) y las posteriores reformas constitucionales y legales
        • c) Las reformas iniciadas en 1987, orientadas hacia la progresiva conversión de la Suprema Corte en juez de la constitucionalidad, con el subsiguiente abandono de su rol de juez de la legalidad
        • d) Las trascendentes innovaciones introducidas en el Poder Judicial por las reformas de la Constitución y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación de los años 1994 y 1995
        • e) La competencia de los órganos jurisdiccionales federales en la nueva Ley de Amparo de 2013
  • Capítulo 4[sup(o)]. Actos recurribles, derechos tutelados, ámbito de la protección y sujetos del proceso de amparo
    • 1. Actos recurribles a través de la acción de amparo
      • A) La interpretación de la fracción I del artículo 101 de la Constitución de 1857
      • B) Actos recurribles e irrecurribles a la vista de la fracción I del artículo 103 de la Carta de Querétaro y demás normas constitucionales, de su desarrollo legislativo y de su interpretación jurisprudencial
        • a) La amplísima interpretación dada a la referencia a “las leyes”
        • b) La extensa gama de actos en relación a los cuales era improcedente el amparo
        • c) La improcedencia del amparo frente a los actos irreparables, los consentidos y aquellos otros cuyos efectos hubieren cesado
          • a´) Los actos consumados de un modo irreparable
          • b´) Los actos consentidos
          • c´) Los actos cuyos efectos hubieren cesado
      • C) El régimen jurídico de estos actos tras la reforma constitucional del año 2011 y bajo la nueva Ley de Amparo de 2013
      • D) Las omisiones legislativas: de su inicial exclusión del juicio de amparo a su reciente y tímida fiscalización en esta misma sede de amparo
        • a) El planteamiento frontal del problema, particularmente tras las reformas constitucionales de junio de 2011
        • b) La posición jurisprudencial sobre este tipo de omisiones con anterioridad a las reformas de 2011
        • c) La jurisprudencia posterior a las reformas constitucionales del año 2011
        • d) Un breve apunte sobre el posicionamiento de la Suprema Corte acerca de las omisiones legislativas en las acciones de inconstitucionalidad y en las controversias constitucionales
      • E) Un excursus de Derecho comparado sobre el control en sede constitucional de la inconstitucionalidad por omisión, con particular atención al recurso de queja constitucional alemán (Verfassungsbeschwerde)
    • 2. Derechos susceptibles de protección
      • A) De las garantías individuales a los derechos humanos
      • B) La más que discutible exclusión de los derechos políticos del ámbito protector del amparo
        • a) El origen histórico de esta exclusión
        • b) El mantenimiento de la marginación de los derechos políticos del ámbito de protección del juicio de amparo tras la Constitución de Querétaro
        • c) La sorprendente facultad de investigación de los hechos que entrañasen una violación del voto público encomendada en 1917 a la Suprema Corte
        • d) La reiterada posición jurisprudencial, mantenida hasta los primeros años del siglo XXI, contraria a la impugnación a través del juicio de amparo de normas de contenido materialmente electoral o que versaran sobre derechos políticos
        • e) La crítica mayoritaria por parte de la doctrina científica
        • f) La condena a México por la Corte Interamericana de Derechos Humanos
          • a´) Los derechos políticos en la jurisprudencia de la Corte de San José de Costa Rica
          • b´) La Sentencia de 6 de agosto de 2008, dictada por la Corte en el “Caso Castañeda Gutman vs. Estados Unidos Mexicanos”
        • g) Las sucesivas reformas constitucionales y legales en materia de garantías electorales
          • a´) La reforma constitucional y legal de diciembre de 1977
          • b´) Las reformas realizadas en el período que media entre 1986 y 1995
          • c´) La trascendental reforma constitucional llevada a cabo por el Decreto de 21 de agosto de 1996: la plena judicialización del sistema de la justicia electoral
          • d´) El desarrollo de la reforma constitucional por la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (noviembre de 1996): el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano
          • e´) Las modificaciones constitucionales posteriores
        • h) La errática jurisprudencia de la Suprema Corte en los primeros años del nuevo siglo
    • 3. La trascendental cuestión del ámbito de vigencia de los derechos
      • A) De la protección de los derechos tan sólo frente a los poderes públicos a su tutela también frente a los particulares
        • a) El profundo cambio del modelo de sociedad y del marco jurídico–constitucional
          • a´) La muy relevante doctrina de los derechos públicos subjetivos
          • b´) Los síntomas de agotamiento de esta doctrina
          • c´) La profunda quiebra del modelo social y constitucional de la sociedad liberal
          • d´) El nuevo rol de los derechos en el constitucionalismo de la segunda posguerra
        • b) La necesaria modulación del principio de autonomía de la voluntad en un contexto de relaciones asimétricas
        • c) La contraposición entre efi cacia inmediata y mediata de los derechos en las relaciones jurídicas inter privatos
        • d) Las incongruencias del Estado constitucional de nuestro tiempo, y la búsqueda de una diversidad de soluciones con las que hacerles frente
      • B) Un precedente latinoamericano encomiable: el Caso “Samuel Kot”, resuelto por la Corte Suprema de la Nación Argentina en octubre de 1958
      • C) La acción de tutela contra particulares colombiana y la avanzada interpretación que de la misma ha hecho la Corte Constitucional de Colombia
      • D) El recurso de amparo contra sujetos privados costarricense
      • E) La recepción de la doctrina de la Drittwirkung por el Supremo Tribunal Federal de Brasil
      • F) La doctrina norteamericana de la state action
        • a) Las Enmiendas de la Reconstrucción (1865-1870)
        • b) La sentencia dictada en los Civil Rights Cases (1883)
          • a´) “The judicial coup d´État”
          • b´) La interpretación de las Enmiendas XIII y XIV por la mayoría de la Supreme Court
          • c´) El dissent del Justice John Marshall Harlan
          • d´) Las consecuencias de esta deprimente sentencia
        • c) El fluctuante posicionamiento ulterior de la Supreme Court en torno a la state action
          • a´) Los casos relativos básicamente a la discriminación racial de la primera época de la state action doctrine
          • b´) La amplia diversificación de casos llegados a la Supreme Court con base en la state action en el último cuarto del pasado siglo
        • d) El arduo debate desencadenado por la state action doctrine y las duras críticas de algunos sectores doctrinales hacia la misma
        • e) Los reiterados fracasos de la Supreme Court a la hora de formular un test definitivo con el que identificar la existencia de una state action
        • f) Una reflexión final
      • G) La doctrina alemana de la Drittwirkung der Grundrechte
        • a) El marco normativo
        • b) Diversidad de posiciones doctrinales acerca del modo de viabilizar la eficacia de los Grundrechte en las relaciones entre particulares
        • c) La posición proclive a la efi cacia inmediata sustentada por el Tribunal Federal de Trabajo (Bundesarbeitsgericht)
        • d) La interpretación llevada a cabo por el Tribunal Constitucional Federal (Bundesverfassungsgericht)
        • e) Una reflexión final
      • H) El reconocimiento de la efi cacia erga omnes de los “derechos inviolables” del hombre por la doctrina y la jurisprudencia constitucional italianas
        • a) Algunos significativos posicionamientos doctrinales
        • b) El planteamiento del problema en sede constitucional
      • I) La adopción de la doctrina de la Drittwirkung por el Tribunal Constitucional español
        • a) El marco normativo
        • b) La interpretación en sede constitucional
      • J) El juicio de amparo en México frente a las violaciones de derechos producidas en el marco de las relaciones inter privatos
        • a) El deficiente tratamiento doctrinal del problema
        • b) El marco normativo
        • c) La posición jurisprudencial ante este problema
          • a´) La deuda contraída por la misma con Ignacio Vallarta
          • b´) La jurisprudencia posterior a la Constitución de Querétaro
          • c´) El inicio del cambio de interpretación jurisprudencial
    • 4. Los sujetos del proceso de amparo. Su notable evolución histórica: algunas consideraciones de carácter general
      • A) El quejoso
        • a) Las personas físicas como quejosos
          • a´) El interés jurídico exigido
          • b´) La recepción de la noción de interés legítimo
        • b) Las personas jurídicas privadas como quejosos
        • c) Las personas jurídicas públicas como quejosos
      • B) La autoridad responsable
        • a) Su vinculación jurisprudencial con el manejo de la fuerza pública
        • b) La crítica doctrinal generalizada de esta visión jurisprudencial y el nuevo concepto de autoridad en la Ley de Amparo de 2013
      • C) El tercero interesado
        • a) Su inicial ignorancia por las primeras Leyes de Amparo. Las primigenias referencias a esta figura en el Código de Procedimientos Federales de 1897
        • b) La inclusión del “tercero o terceros perjudicados” como partes de este proceso por la Ley de Amparo de 1935
        • c) El “tercero interesado” en la nueva Ley de Amparo de 2013
      • D) El Ministerio Público Federal
        • a) El debate doctrinal sobre el rol del Ministerio Público en el juicio de amparo
        • b) El Ministerio Público en la legislación mexicana de amparo
  • Capítulo 5[sup(o)]. La estructura compleja del juicio de amparo
    • 1. La estructura compleja del juicio de amparo
    • 2. El amparo como garantía de los derechos de libertad (amparo – garantías)
      • A) Algunas consideraciones generales
      • B) El juicio de amparo como habeas corpus
      • C) La difícil salvaguarda de los derechos sociales a través del juicio de amparo
    • 3. El amparo contra leyes
      • A) La compleja problemática suscitada por esta modalidad del amparo
      • B) Las controversias desencadenadas por el amparo contra leyes en la Asamblea Constituyente de 1856-1857
      • C) La enorme influencia que durante largo tiempo iba a ejercer la doctrina sentada por Lozano y por Vallarta. Su consagración jurisprudencial en el amparo pedido por Calixti y Figueroa (1882)
      • D) Las duras formulaciones críticas de Emilio Rabasa frente a la doctrina anterior
      • E) Las vicisitudes iniciales del amparo contra leyes tras la entrada en vigor de la Constitución de 1917
        • a) La primera legislación de desarrollo constitucional
        • b) La volátil jurisprudencia de la Suprema Corte acerca de los medios de impugnación a cuyo través se podía solicitar el amparo contra una ley
      • F) El amparo contra leyes en la Ley de Amparo de 30 de diciembre de 1935
        • a) La defi ciente redacción inicial del texto legal en relación a la impugnación de las leyes
        • b) Las reformas viabilizadas por el Decreto expedido el 30 de diciembre de 1950
        • c) Las posteriores reformas legales
      • G) El amparo contra leyes en la reforma constitucional de 3 de junio de 2011 y en la nueva Ley de Amparo de 2013
    • 4. El amparo-soberanía
      • A) Sus remotos precedentes históricos: el control político de la constitucionalidad de las leyes como instrumento de garantía del orden constitucional de distribución de competencias en el Voto Particular de Mariano Otero
      • B) El Congreso Constituyente de 1856-1857: el abandono del control político de la constitucionalidad y la nueva y complementaria visión del juicio de amparo como mecanismo de salvaguarda del equilibrio federal
      • C) El amparo-soberanía bajo la Constitución de 1917
        • a) La irrelevancia de esta modalidad del amparo
        • b) La jurisprudencia acerca del amparo-soberanía
        • c) El supuesto contrapunto de las controversias constitucionales del art. 105 de la Constitución
        • d) El frustrado intento de supresión del amparo-soberanía en la reforma constitucional del año 2011
    • 5. El amparo-casación
      • A) El supuesto sustento constitucional de esta modalidad del amparo en el art. 14 de la Constitución de 1857
      • B) Pluralidad de circunstancias conducentes a la interpretación que del art. 14 iba a terminar imponiéndose
      • C) La fuerte controversia doctrinal desencadenada por esta vertiente del amparo, particularmente en relación a los asuntos judiciales del orden civil
      • D) Algunos apuntes sobre la evolución experimentada por el amparo de tipo casacional
        • a) El mutante devenir jurisprudencial
        • b) La evolución legislativa en el régimen jurídico del amparo en negocios judiciales
      • E) Las consecuencias dimanantes de esta modalidad del amparo
      • F) El devenir de esta vertiente del amparo en el Constituyente de Querétaro
        • a) El amparo como control de legalidad en el Proyecto de Carranza
        • b) El debate acerca de este tipo de amparo en la Asamblea de Querétaro
      • G) El amparo como control de legalidad bajo la Constitución de 1917
        • a) Su regulación constitucional
          • a´) Las innovaciones introducidas en el Artículo 14
          • b´) Las previsiones del Artículo 107 encaminadas a evitar el abuso del amparo judicial
        • b) Su equiparación a la casación y el subsiguiente debate abierto entre la doctrina, con particular referencia al desencadenado en el Congreso Jurídico Nacional de 1921
        • c) El amparo judicial en la legislación inmediatamente posterior a la Constitución de 1917
        • d) La diversidad de argumentos manejados a favor y en contra de esta modalidad del amparo
          • a´) Argumentos referidos a las entidades federativas y a sus órganos judiciales
          • b´) Argumentos relacionados con la propia naturaleza del amparo y con el rol que están llamados a desempeñar los órganos que conocen de él, particularmente la Suprema Corte de Justicia
        • e) Algunas propuestas de reforma
    • 6. El amparo administrativo
      • A) Los primeros balbuceos de la justicia administrativa
      • B) La Ley de Justicia Fiscal de 27 de agosto de 1936: la creación del Tribunal Fiscal de la Federación. Los posicionamientos posteriores en favor de la justicia administrativa
      • C) El amparo como sistema de control jurisdiccional de la Administración pública
      • D) La recentísima creación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (2016) y el impacto que ello ha de tener sobre el amparo administrativo
    • 7. El amparo en materia agraria
      • A) Su frustrado devenir bajo la Constitución de 1857
        • a) El notable influjo de Vallarta en la interpretación exageradamente individualista de la Suprema Corte. Las Sentencias de 9 de enero y de 9 de noviembre de 1882
        • b) El impacto de la legislación revolucionaria inmediatamente anterior a la Constitución de 1917
      • B) Su reconocimiento bajo la vigencia de la Carta de Querétaro
        • a) Sus vicisitudes iniciales
        • b) Su específico reconocimiento constitucional en 1962
        • c) Las particularidades procesales introducidas en la Ley de Amparo a partir de su reforma de 1963
        • d) La creación de los Tribunales Federales Agrarios en 1992 y la tendencia a la desaparición de este sector del juicio de amparo
  • Capítulo 6[sup(o)]. Los procedimientos de amparo: el amparo indirecto y el directo. La suspensión del acto reclamado. La sentencia y su ejecución
    • 1. La dualidad de los procedimientos de amparo
    • 2. Breve síntesis de las primeras previsiones constitucionales sobre la procedencia del amparo
    • 3. El amparo indirecto
      • A) Su procedencia
        • a) Las determinaciones de la Ley de Amparo de 1935
        • b) Las innovaciones introducidas por la nueva Ley de Amparo de 2013
      • B) El principio jurisprudencial del mayor benefi cio para el quejoso
      • C) Algunos rasgos procesales relevantes introducidos en la sustanciación por la Ley de 2013
    • 4. El amparo directo
      • A) Su procedencia
        • a) Las disposiciones constitucionales, con particular referencia a las introducidas por la reforma de 1950
        • b) Un breve recuerdo de las previsiones de la Ley de Amparo de 1919
        • c) Las determinaciones de la Ley de Amparo de 1935
        • d) Las notables modificaciones legales introducidas en esta materia por algunos de los Decretos de reforma de la Ley de Amparo
        • e) Las propuestas de reforma del juicio de amparo directo formuladas en el Proyecto de nueva Ley de Amparo aprobado por la Suprema Corte
        • f) Los grandes rasgos del proceso de amparo directo tras la reforma constitucional del año 2011
        • g) La procedencia del amparo directo en la nueva Ley de Amparo de 2013
      • B) Algunos de los rasgos procesales del juicio de amparo directo
    • 5. La suspensión del acto reclamado
      • A) La comúnmente destacada, por la doctrina foránea, particular relevancia de esta medida cautelar en el amparo mexicano
      • B) El hondo arraigo de la institución suspensiva en México
      • C) La suspensión en las previsiones constitucionales iniciales
      • D) Algunos rasgos generales de la institución suspensiva
        • a) Su naturaleza: ¿puramente preservativa o también, en ocasiones, constitutiva?
        • b) La provisionalidad de sus efectos
        • c) La conveniencia de atender, en la inexcusable ponderación previa a la suspensión, al principio del fumus bonis iuris
      • E) El instituto suspensivo en la legislación de amparo inmediata posterior a la Constitución de Querétaro
        • a) La regulación establecida en la Ley de Amparo de 1919
        • b) El régimen jurídico de la suspensión fi jado por la segunda Ley de Amparo, de 1935
          • a´) La suspensión en el amparo indirecto
            • a´´) Previsiones generales
            • b´´) La suspensión provisional
            • c´´) El incidente de suspensión
            • d´´) El establecimiento de medidas cautelares específicas en determinados supuestos
            • e´´) Las previsiones particulares en relación al amparo contra el cobro de impuestos
            • f´´) Los efectos de la suspensión en los casos en que el acto reclamado afecte a la libertad personal
          • b´) La suspensión en el amparo directo
      • F) Las innovaciones introducidas en el instituto suspensivo por el Proyecto de nueva Ley de Amparo
        • a) Refl exiones en torno a la suspensión en la Exposición de Motivos
        • b) Breve esbozo del régimen jurídico de la suspensión en el Proyecto de nueva Ley de Amparo
      • G) Las previsiones constitucionales acerca de la suspensión tras la reforma constitucional de junio de 2011
      • H) El régimen jurídico de la suspensión del acto reclamado en la Ley de Amparo de 2013
        • a) La suspensión en el procedimiento de amparo indirecto
          • a´) Reglas generales
            • a´´) La suspensión de ofi cio y de plano
            • b´´) El incidente de suspensión
            • c´´) La resolución suspensiva y sus efectos
            • d´´) La suspensión provisional
            • e´´) Actos y normas excluidos de la suspensión
            • f´´) Medidas cautelares que deben otorgar el quejoso y, en su caso, los terceros afectados
          • b´) La suspensión en materia penal
        • b) La suspensión en el procedimiento de amparo directo
        • c) El incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión
    • 6. La sentencia dictada en el juicio de amparo y sus efectos
      • A) La caracterización constitucional de la sentencia y los posicionamientos doctrinales sobre la misma durante la segunda mitad del siglo XIX
      • B) Las previsiones de la legislación de amparo dictada bajo la vigencia de la Constitución de 1857
      • C) La sentencia de amparo en la Carta de Querétaro y en la primera Ley de Amparo, de 1919
      • D) El régimen jurídico de las sentencias de amparo y de sus efectos bajo la Ley de 30 de diciembre de 1935
        • a) Tipología y naturaleza de las sentencias de amparo
        • b) Principios y reglas nucleares de las sentencias de amparo
          • a´) El contenido de estas sentencias
          • b´) El principio de congruencia
          • c´) El principio de apreciación del acto tal como fue probado ante la autoridad responsable
          • d´) El efecto de las sentencias estimatorias del amparo
          • e´) La regla de la imposición al quejoso de una sanción cuando la demanda se interpusiere sin motivo
      • E) La sentencia de amparo bajo la nueva Ley de 2013
        • a) Las líneas maestras de la reforma explicitadas en la Exposición de Motivos del Proyecto
        • b) Algunas consideraciones generales sobre el régimen jurídico de las sentencias de amparo en la nueva Ley
        • c) El contenido de estas sentencias
        • d) La potestad aclaratoria de la sentencia atribuida al órgano jurisdiccional
        • e) La compaginación del principio de apreciación del acto tal como fue probado ante la autoridad responsable con el principio inquisitorio
        • f) Los efectos de la concesión del amparo
        • g) En particular, los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de la norma general impugnada
    • 7. Las previsiones relativas a la ejecución de la sentencia
      • A) La regulación dada a esta cuestión por la legislación de amparo dictada bajo la vigencia de la Constitución de 1857
      • B) Las disposiciones constitucionales de la Carta de Querétaro en relación con esta cuestión (1917-2011)
      • C) La ejecución de las sentencias en la Ley de Amparo de 1919
      • D) El régimen jurídico de la ejecución de las sentencias y de las responsabilidades derivadas de su incumplimiento en la Ley de Amparo de 30 de diciembre de 1935
        • a) El régimen jurídico de la ejecución de las sentencias
        • b) La responsabilidad dimanante del incumplimiento de las sentencias de amparo
      • E) Las principales innovaciones introducidas en el régimen de ejecución y cumplimiento de las sentencias de amparo y en el de la responsabilidad desencadenada con ocasión de su incumplimiento, a tenor de la Exposición de Motivos de los Proyectos de nueva Ley de Amparo y de Reformas a la Constitución, aprobados por la Suprema Corte en el año 2001
      • F) Las previsiones constitucionales tras la reforma llevada a cabo por el Decreto de 3 de junio de 2011
      • G) El régimen jurídico relativo al cumplimiento y ejecución de las sentencias en la Ley de Amparo de 2013
        • a) Incumplimiento de la sentencia y repetición del acto reclamado
          • a´) Procedimiento de cumplimiento y ejecución de la sentencia
          • b´) Procedimiento a seguir frente a la repetición del acto reclamado
        • b) El recurso de inconformidad
        • c) El incidente de cumplimiento sustituto
        • d) La denuncia por incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad
      • H) Las responsabilidades, sanciones y delitos vinculados con el incumplimiento de las sentencias en la nueva Ley de Amparo
  • Bibliografía manejada

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