Principio de oportunidad y violencia de género

Principio de oportunidad y violencia de género

  • Auteur: Zafra Espinosa de los Monteros, Rocío
  • Éditeur: Dykinson
  • eISBN Pdf: 9788411222044
  • Lieu de publication:  Madrid , Spain
  • Année de publication: 2022
  • Pages: 177
  • CDU: null
Nuestra justicia penal se inspira en el sistema de justicia retributiva, donde ante la acción delictiva, los tribunales deben imponer un castigo que responda, en mayor o menor medida al reproche social. Sin embargo, la sociedad muestra una gran desconfianza al mismo. Si bien es cierto que la sujeción al principio de legalidad genera una situación de seguridad jurídica, no lo es menos que, su estricta aplicación puede conllevar situaciones que perjudican a las partes, tanto a víctimas como a victimarios. En este contexto, parece claro que la actuación debe conducirse a la aplicación del principio de oportunidad reglada donde, atendiendo a las circunstancias del hecho concreto, pueda decidirse si activar o no la maquinaria judicial. De este modo, podemos afirmar que la aplicación de fórmulas restaurativas, pueden ayudar tanto a las partes como al Estado que podrán ver satisfechos sus fines resoliciadores. La justicia restaurativa, no puede entenderse como una alternativa a la justicia penal, sino como un complemento de la misma.La violencia de género, una pesada y arraigada lacra estructural de la sociedad, invisible para algunos sectores sociales, siguen en aumento. La normalización por parte de la víctima y la falta de concienciación de los victimarios producen bucles interminables de episodios que, pueden manifestarse en diferentes modalidades. Las víctimas sienten el abandono de las instituciones a pesar de los esfuerzos que se realizan para dispensarle protección. Parece que, en el caso de la violencia de género, los fines resocialización y reinserción social no funcionan por la falta de conciencia de los victimarios sobre los hechos provocados que, los llevan a culpabilizar a la víctima.Así, en este ámbito, creo que la justicia restaurativa, puede favorecer al entendimiento y concienciación sobre la situación de maltrato. Sin embargo, la ley prohíbe expresamente el uso de la mediación. Prohibición comprensible en tanto que no parece la mejor fórmula para tratar los casos de violencia de género. La mujer necesita empoderamiento y el respaldo familiar e institucional. Es por ello, que puede considerarse los círculos restaurativos como una opción válida en estos casos.  De este modo, cuando la mujer víctima esté preparada para afrontar estos círculos podrán llevarse a cabo y con ellos, se podrá conseguir la concienciación sobre la situación de violencia, tanto de víctima como de victimario, trampolín seguro para la reinserción social.
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  • Sumario
  • Abreviaturas
  • Introducción
  • I. La situación actual de la justicia penal: la justicia retributiva
  • II. Justicia retributiva vs. justicia restaurativa: pros y contras
    • 2.1 Fundamentos de la progresión de la Justicia penal
      • 2.1.1. Judicialización de las relaciones personales
      • 2.1.2. Colapso de la Administración de Justicia
    • 2.2. El principio de oportunidad a escena
  • III. La justicia restaurativa: nuevo paradigma para el sistema
    • 3.1. El concepto de víctima
    • 3.2. La reparación de la víctima
    • 3.3. La restauración de la víctima
    • 3.4. Beneficio para el victimario
    • 3.5. Principios de la Justicia restaurativa
      • 3.5.1. Voluntariedad
      • 3.5.2. Igualdad
      • 3.5.3. Neutralidad y confidencialidad
      • 3.5.4. Flexibilidad
      • 3.5.5. Gratuidad
    • 3.6. ¿Afectación de derechos fundamentales?
  • IV. El procedimiento de justicia restaurativa inmersa en el proceso penal
  • V. La previsión de la justicia restaurativa en el anteproyecto de reforma de la LECRIM
    • 5.1. Tramitación de la Justicia restaurativa en el proceso penal en el ALECrim
  • VI. La violencia de género
    • 6.1. La violencia de género
      • 6.1.1.El concepto de violencia de género
        • 1. ¿Qué debe considerarse violencia de género?
        • 2. Tipos de violencia de género: una misma realidad
          • 2.1. Violencia física
          • 2.2 Violencia sexual
          • 2.3. Violencia psicológica
          • 2.4. Violencia económica
          • 2.5. Violencia vicaria
          • 2.6. Los menores expuestos a la violencia de género
          • 2.7. La violencia de género en la pandemia
        • 3. El ciclo de la violencia
    • 6.2. Tratamiento de la violencia de género
      • 6.2.1. Tratamiento en justicia: consideraciones sobre el sistema judicial en violencia de género
        • 1. Cuestiones procesales controvertidas en torno a la víctima de violencia de género
        • 2. El proceso penal con perspectiva de género
      • 6.2.2. Tratamiento social y sanitario
    • 6.3. Aplicación de la justicia restaurativa a la violencia de género
    • 6.4. Los círculos restaurativos la mejor opción en violencia de género
  • VII. A modo de conclusión
    • 1. La necesidad de un nuevo paradigma de proceso penal: hacia un sistema más restaurativo
    • 2. La necesidad de diálogo
    • 3. Es necesaria la regulación de las prácticas restaurativas en el contexto del proceso penal de adultos
    • 4. En todo caso, deben respetarse los derechos fundamentales y garantías de las personas implicadas: tanto víctima como victimario
    • 5. Carácter complementario
    • 6. La mediación: no es la única fórmula, ni siquiera la mejor opción
    • 7. Ámbito de aplicación: ¿lista cerrada o atención a las peculiaridades?
    • 8. La violencia de género, una lacra persistente
    • 9. Víctimas especialmente vulnerables: éxito de los procedimientos restaurativos
    • 10. La concienciación, el trampolín para la reinserción social
  • VIII. Bibliografía

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