Desde finales del siglo pasado, una concepción moderna de la libertad, que absolutiza la capacidad de elección y decisión de las personas, identifica libertad con autonomía.
La introducción prevalerte del principio de autonomía en la práctica biomédica ha transformado radicalmente las relaciones sanitarias: las opiniones, preferencias y creencias del paciente han de tomarse en cuenta a la hora de tomar decisiones sobre su vida y su salud, a través del consentimiento informado.
Para aquellas situaciones en las que la autonomía del sujeto pueda resultar limitada o incluso anulada, en las que no puedan expresar su voluntad, o se prevea no podrá dar dicho consentimiento, aparece la figura de los documentos de instrucciones previas, o de voluntades anticipadas, conocimos popularmente como testamentos vitales.
El libro revisa la introducción en la legislación española de la autonomía del paciente y estos documentos de instrucciones previas, pero, hoy día: ¿cómo pueden otorgarse? ¿Qué validez y eficacia tienen? ¿Cuáles son sus limitaciones?
El estudio de los profesores J.C. Abellán y A. I. Berrocal Lanzarot analiza los fundamentos de esta legislación así como su aplicación y coherencia sistemática en el Derecho español vigente estatal y autonómico.
- Cover
- Title page
- Copyright page
- Índice
- Presentación
- Capítulo I. Autonomía, libertad y derecho
- I.Autonomía y libertad
- II.Autonomía y bioética
- III.Autonomía y Derecho
- IV.Libertad y libertades
- V.La «autonomía de la voluntad»del Derecho Privado
- Capítulo II. La recepción del principio de autonomía en el bioderecho español
- I.Principio de autonomía en la Constitución española de 1978
- II.La Ley 14/1986, de 25 de abril General del Sanidad
- III.Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal
- IV.Convenio sobre los Derechos Humanos y la Biomedicina del Consejo deEuropa (Convenio de Biomedicina de Oviedo de 4 de abril de 1997)
- V.Legislaciones de las Comunidades Autónomas
- 1. Ley (Cataluña) 21/2000, de 29 de Diciembre, de Derechos de Información Concernientes a la Salud y Autonomía del Paciente y Documentación clínica
- 2. Ley (Galicia) 3/2001, de 28 de Mayo, del Consentimiento Informado y de la Historia Clínica de los Pacientes
- 3. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y documentación clínica
- Capítulo III. El documento de instrucciones previas o voluntades anticipadas
- I.Consideraciones previas
- II. Origen de los documentos de instrucciones previas
- Capítulo IV. La regulación de las instrucciones previas o voluntades anticipadas en el derecho español
- I.Marco normativo internacional y europeo.
- II.Marco normativo estatal y autonómico en España
- III.Concepto
- IV.Caracteres
- V.Cuestión terminológica
- VI.Supuestos de aplicación
- VII.Naturaleza
- VIII.Fundamento ético-jurídico
- IX.Régimen jurídico
- 1. Elementos personales. Sujetos
- 2. Elemento real. Contenido
- 3. Elementos formales
- X.Límites
- XI.Eficacia y revocación
- Capítulo V. La publicidad registral de las instrucciones previas
- I.Consideraciones previas
- II.El Registro Nacional de Instrucciones Previas. Su estructuración
- III.Publicidad en los Registros autonómicos
- 1. Registro de voluntades anticipadas de la Generalidad de Cataluña.(Decreto 175/2002, de 25 de junio)
- 2. Registro de voluntades anticipadas de Navarra. (Decreto Foral 140/2003, de 16 de junio)
- 3. Registro de voluntades anticipadas en Aragón. (Decreto 100/2003, de 6 de mayo)
- 4. Registro de voluntades anticipadas del País Vasco. (Decreto 270/2003, de 4 de noviembre)
- 5. Registro de Voluntades vitales anticipadas de Andalucía. (Decreto 238/2004, de 18 de mayo)
- 6. Registro de voluntades anticipadas de la Comunidad Valenciana. (Decreto 168/2004, de 10 de septiembre)
- 7. Registro de voluntades previas de Cantabria. (Decreto 139/2004, de 5 de diciembre)
- 8. Registro de instrucciones previas de la Región de Murcia. (Decreto 80/2005, de 8 de julio)
- 9. Registro de manifestaciones anticipadas de voluntad en el ámbitosanitario de Canarias. (Decreto 13/2006, de 8 de febrero)
- 10. Registro de voluntades anticipadas de Castilla-La Mancha. (Decreto 15/2006, de 21 de febrero)
- 11. Registro de Instrucciones previas de La Rioja. (Decreto 30/2006, de 19 de mayo)
- 12. Registro de instrucciones previas de la Comunidad de Madrid.(Decreto 101/2006, de 16 de noviembre)
- 13. Registro de Instrucciones previas de la Comunidad de Castilla y León(Decreto 30/2007, de 22 de marzo)
- 14. Registro de Expresión Anticipada de Voluntades de la Comunidad Autónoma de Extremadura.(Decreto 311/2007, de 15 de octubre)
- 15. Registro de instrucciones previas de Galicia. (Decreto 259/2007, de 13 de diciembre)
- 16. Registro de Instrucciones previas del Principado de Asturias. (Decreto 4/2008, de 23 de enero)
- Publicidad