La interseccionalidad fue teorizada a finales de la década de los ochenta poniendo el enfoque en la situación en los márgenes de las mujeres de color, o en general de mujeres o personas atravesadas por varias causas de discriminación. Por desconocer las vivencias únicas de esas personas, no les alcanzaba, o les alcanzaba defectuosamente, la protección dispensada por una legislación antidiscriminatoria y unas políticas públicas construidas vertical y separadamente sobre cada una de las causas de discriminación. Aunque favorecer la igualdad efectiva de las mujeres, personas y colectivos en los márgenes, que sufren más sistemas de opresión, que son más desiguales, no debiera suponer mayor discusión, la interseccionalidad ha tardado varias décadas en llegar a nuestras leyes y aún está pendiente su plena acogida en la doctrina de los tribunales de justicia. Se analiza a lo largo del presente ensayo las causas de la demora en la recepción legal de la interseccionalidad y de que no esté implementada cómo debiera. Quienes más están en los márgenes, más necesitados están de la igualdad que prometen nuestras leyes y políticas públicas. Tomarlos en cuenta balancea la lucha por la igualdad hacia las personas y colectivos con más necesidad de igualdad, y en particular balancea la lucha por la igualdad hacia las mujeres y colectivos feminizados atravesados por otras discriminaciones. Los resitúa en el centro de las políticas públicas. Crea alianzas y estrategias comunes entre movimientos sociales. Ayuda a que toda la sociedad avance. José Fernando Lousada Arochena es Magistrado especialista social; abogado fiscal excedente; diplomado en práctica jurídica; graduado social; doctor en derecho con premio extraordinario; profesor universitario de derecho procesal civil y penal. Ponente de las primeras sentencias dictadas en España en materia de acoso sexual laboral y de discriminación sexista indirecta en la Seguridad Social, así como de sentencias aplicando la perspectiva de género. Coordinador del grupo de expertos/as que redactó el documento de trabajo previo a la tramitación formal de la Ley Orgánica de Igualdad (2007). Redactor del documento de trabajo previo a la tramitación formal de las leyes gallegas de igualdad de mujeres y hombres de 2004, 2007 y 2023. Colaborador desde 2022 con la Comisión de Igualdad del Consejo General del Poder Judicial. Compareciente ante Subcomisiones de Igualdad del Congreso de los Diputados sobre racionalización de horarios, conciliación y corresponsabilidad y trata de personas con findes de explotación sexual. Autor de libros, entre otros, sobre acoso sexual (1996), maternidad (2002), transversalidad de género (2007), conciliación masculina (2008), derecho a la igualdad efectiva de mujeres y hombres (2014), enjuiciamiento de género (2020), prueba de la discriminación (2021) y enfermedades profesionales en perspectiva de género (2022). Docente habitual en cursos de formación sobre igualdad y sobre enjuiciamiento en perspectiva de género en el CGPJ, en la Escuela de Derecho Europeo de Tréveris, y en universidades y foros españoles y extranjeros.
- Cover
- Title page
- Copyright page
- Indice
- Presentación e introducción
- Capítulo primero. El origen de la interseccionalidad: Losaportes de crenshaw
- 1 . El contex to de las aportaciones de crenshaw: El blackfeminism
- 2. La primera aportación relevantede crenshaw: De- marginalizing the intersection
- 3. La segunda aportación relevante de crenshaw: Mapping the margins
- 4. Interseccionalidad y feminismo, a propósito de las aportacione s de crenshaw
- Capítulo segundo. Deldicho alhecho (I): Dificultades en el reconocimiento jurídico de la interseccionalidad
- 1 . La interseccionalidad en los instrumentos de derechos humanos de naciones unidas
- 1.1. Instrumentos obligatorios universales de derechos humanos
- 1.2. Actividades de los organismos de Naciones Unidas y de las Comisiones de los Tratados de Derechos Humanos de NacionesUnidas
- 1.3. Enparticular, laactividadde la OrganizaciónInternacional del Trabajo
- 1.4. Algunas reflexiones conclusivas sobre el nivel universal
- 2 . La interseccionalidad en el sistema europeo de derechos humanos y la jurisprudencia del tribunal europeo
- 2.1. Caso de "L a Nena"(STEDH8 diciembr e2009)
- 2.2. Caso Beauty Salomon(STEDH 25julio 2012)
- 2.3. Caso Carvalho(STEDH25 julio20l7 )
- 2.4. Algunas reflexionesconclusivassobre la jurisprudenci a europea
- 3. La interseccionalidad en la unióneuropeaylaju - risprudencia del tribunal de justicia
- 3.1. Primeran etapa: La linterseccionalidad se esconde en Ia discriminación múltiple
- 3.2. La irrupción en el partido del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
- 3.3. Segunda etapa: La interseccionalidad aflora con fuerza en la Unión Europea
- 3.4. Algunas reflexiones conclusivas sobre el derecho comunitario
- 4 . La interseccionalidad en el ordenamiento jurídico español y la doctrin a judicial constitucional y ordinaria
- 4.1 Jurisprudencia constitucional: La tardanza en el reconocimiento de la discriminación múltiple (STC 3/2018: discapacidad y edad)
- 4.2. Jurisprudencia constitucional: Otra vez a vueltas con el matrimoniogitano y lapensión de viudedad (STC 1/2021)
- 4.3. Desarrollos legislatívos,primera etapa: Ladiscriminació nmúltiple
- 4.4. Desarrollos legislativos, segunda etapa: La discriminación interseccional
- 4.5. La aplicación de la interseccionalidad en la doctrina judicial ordinaria: Panorámica general
- 4.6. La aplicación de la interseccionalidad en la doctrina judicia lordinaria: Descansoy subsidio pornacimiento de menor en familiasmonoparentales
- 4.7. Algunas reflexiones conclusivas sobre el derecho español interno
- Capìstulo tercero. Del dichoalhecho (ii): Dificultades en la coniceptuación jurídica de la interseccionalidad
- 1. La conceptuación de la discriminación intersec¬ cional en el derecho de la unión europea
- 1.1. Elcaminohacia unconceptocomunitario de discriminación interseccional
- 1.2. Conceptos comunitarios de interseccionalidad y discriminación interseccional
- 1.3. Ámbito (estricto) de aplicación de la discriminación interseccional
- 1.4. Causas interseccionables (numerus clausus)
- 1.5. Resultadode laintersección: Discriminación interseccional
- 1.6. Identificación de la discriminación: ¿Utilización de comparativas?
- 1.7. Justificaciones: Un problema no expresamente resuelto
- 1.8. Carácter mínimo del concepto comunitario
- 2. La conceptuación deladiscriminación múltiple e interseccional en el derecho español interno
- 2.1. Ambito (amplio)de en aplicación de la discriminación interseccional
- 2.2. Causas interseccionables (numerus apertus)
- 2.3. Resultado de la intersección: Discriminaciones múltiple einterseccional
- 2.4. Identificación deladiscriminación: La causaespecífica de discriminación
- 2.5. Justificaciones: Un problema mal resuelto
- 2.6. A modo de conclusión acerca del concepto en derecho español: El test de discriminación interseccional
- 3. Las mujeresa como protagonistas principales de las discriminaciones múltiplese interseccionales
- 4. Interseccionalidad extra-grupal e interseccio- nalidad intra-grupal
- 5 . Categorías cercanas a la interseccionalidad : Discriminación sex-plus, desigualdades dentro del grupo , situaciones de vulnerabilidad
- Capíitulo cuarto . Del dichoal hecho(iii): Dificultades en la implementación prácticade la interseccionalidad
- 1 . Integraciónd e la perspectivainterseccional en laspolítica s públicas y en la actividad administrativa
- 1.1. Reconocimiento normativo
- 1.2. Estadísticasdegénerocon indicadores interseccionales y problemática de la protección de datos personales
- 1.3. Planes de igualdad de género con enfoque interseccional
- 1.4. Organización de la igualdad con enfoque interseccional,en especial la discusión sobre organismos de igualdad integrados
- 2 . La acciones positivas múltiples e interseccionales
- 2.1. Polémica doctrinal
- 2.2. Reconocimiento normativo ysituación actual
- Capítulo quinto. Deldicho al hecho (iv): Dificultades enl a judicialización de la interseccionalidad
- 1 . Legitimación activa en procesos sobre discriminación múltiple e interseccional
- 1.1. Legitimación activa de sujetos individuales
- 1.2. Legitimación activa de sujetos colectivos en los procesos civiles y contencioso administrativos
- 1.3. Legitimación activa de sujetos colectivos en el proceso laboral
- 1.4. Llamamiento de sujetos individuales en procesos iniciados por sujetos colectivos
- 2 . La prueba de las discriminaciones múltiple e interseccional
- 2.1. Problemática probatoria de la discriminación múltiple
- 2.2. Problemática probatoria del a discriminación interseccional
- 3 . Contenido general de la sentencia estimatoria de unadiscriminación,en particular si múltiple o interseccional
- 4. Enjuiciamiento de género con perspectiva interseccional
- Algunas reflexiones a modo de conclusión
- Bibliografía